¿Qué es la acreditación para ser donataria autorizada? – Gratis con Membresía Club OSC

En este micro curso vamos a analizar y estar preparados en tres cosas: 1) Que es la carta de acreditación, 2) Para qué sirve y 3) como se obtiene.
Edgar · julio 5, 2022

Sobre el Instructor

Edgar

Licenciado en Contaduría, con estudios de posgrado en áreas de gestión administrativa. Cuenta con certificación de calidad profesional, registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión social como agente capacitador externo, cuenta con 5 certificaciones ante SEP-CONOCER. Ha sido catedrático a nivel licenciatura y posgrado; fue Director de Administración y Finanzas de Fundación Arther Salud, A.C.; es asesor independiente (contabilidad, fiscal y administración) en diversas organizaciones de la sociedad civil y ha colaborado en la gestión, diseño e implementación de proyectos ante organizaciones como Fundación Carlos Slim para la Salud, A.C. y Fundación Mundial de Diabetes (WDF). Ha diseñado, organizado e impartido eventos de educación continua (cursos, talleres y diplomados con aval académico) en temas fiscales, financieros, contables y administrativos para Donatarias Autorizadas con aval académico. También ha ofrecido servicios profesionales a nivel voluntariado en organizaciones de la sociedad civil. Ha participado como capacitador y evaluador invitado en diversos organismos públicos y del tercer sector. Actualmente es Director General de OSC Compliance México, A.C. que es una organización sin fines de lucro formada con el objetivo sustancial de contribuir a la profesionalización del tercer sector en temas fiscales, financieros, contables y administrativos.

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Respuestas

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  1. La donataria autorizada es una acreditacion que da el SAT, para las organizaciones sin fines de lucro, mediante la cual se pueden expedir recibos deducibles para poderlas expedir a las personas o empresas que nos dan algun donativo para que lo puedan deducir de impuestos.

    1. Gracias por su comentario, hoy en día lo correcto es llamarle comprobante fiscal digital (CFDI), incluso a esto que usted refiere como recibos (lo que antes conociamos como recibos de donativos) y no son deducibles de impuestos, solo del impuesto sobre la renta (siempre y cuando se cumplan con ciertas reglas efectivamente para poder hacerlos deducibles). Saludos.